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Aprovecha los beneficios de la Ley de Borrón y Cuenta Nueva
La norma otorga ciertas gabelas para que los usuarios que han estado reportados negativamente en centrales de riesgo y se pongan al día con sus deudas.

Ley 2157 de 2021, más conocida como Ley de Borrón y Cuenta Nueva, estableció, entre otras, algunas reglas para eliminar los reportes negativos a centrales de información, dependiendo de la situación concreta de cada caso.
Obligaciones extinguidas antes de la entrada en vigencia de la ley: se deberá eliminar de inmediato la información negativa que ha permanecido en los bancos de datos por lo menos 6 meses.
Obligaciones extinguidas durante el año siguiente a la entrada en vigencia de la ley: se deben eliminar de inmediato los reportes negativos siempre y cuando se extingan dentro de los 12 meses siguientes, para deudores y codeudores del ICETEX y FINAGRO y personas que tengan clasificación Mipyme, del sector turismo, pequeños productores del sector agropecuario, o personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes.
Obligaciones que sean objeto de reportes negativos durante la emergencia sanitaria: no podrán ser reportadas ante las centrales de riesgo las obligaciones que quedaron en mora durante el periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 31 de diciembre de 2020 si el titular de la obligación se acercó a la entidad respectiva buscando una restructuración de la deuda.
Las centrales de riesgo deberán crear una aplicación digital gratuita y de acceso público a todos los titulares de datos, donde se generen alertas al momento en que se adquieran nuevas obligaciones. Esta tendrá el objetivo de mitigar el riesgo de suplantaciones.
Si actualmente te encuentras reportado y te beneficia esta medida, consulta tu historial crediticio para verificar si las centrales de riesgo procedieron con la eliminación del dato negativo. Si no es así, puedes presentar un reclamo ante éstas o ante la entidad que lo reportó.
Para casos de incumplimiento de la Ley puedes acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio. Si quien te reportó es un banco o una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, deberá presentar la queja ante esa Superintendencia.
